En el sector del taxi, los accidentes laborales son una realidad que puede afectar tanto a los conductores como a los pasajeros. En caso de sufrir un accidente laboral, es importante conocer cuáles son los derechos y las prestaciones que ofrece la mutua del taxi.
¿Qué paga la mutua en caso de accidente laboral?
La mutua del taxi ofrece un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas del trabajador producida por enfermedad común o accidente no laboral, enfermedad profesional o accidente de trabajo. También cubre los períodos de observación por enfermedad profesional y situaciones específicas de la mujer, como la menstruación incapacitante secundaria, la interrupción del embarazo y la gestación desde la semana trigésima novena.
Los beneficiarios de estas prestaciones son los trabajadores del régimen general de la Seguridad Social, incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, siempre que cumplan determinados requisitos. También se incluyen los trabajadores del régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) incluidos en el sistema especial de trabajadores agrarios que hayan optado por incluir esta prestación.
Los requisitos varían según el tipo de enfermedad o accidente. Para enfermedad común, se exige estar afiliado y en alta o en situación asimilada al alta, y tener cubierto un período de cotización de 180 días en los últimos 5 años. En el caso de accidente laboral, enfermedad profesional, menstruación incapacitante secundaria e interrupción del embarazo, no se exigen cotizaciones previas. Y en el caso de la gestación de la mujer trabajadora desde la semana trigésima novena, los requisitos varían según la edad de la trabajadora.
El reconocimiento y pago de estas prestaciones corresponde a diferentes entidades competentes, dependiendo de la opción que haya realizado el empresario para su cobertura. Puede corresponder al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), al Instituto Social de la Marina (ISM), a la mutua colaboradora con la Seguridad Social, o a las empresas autorizadas a colaborar voluntariamente en la gestión de la incapacidad temporal.
En cuanto al contenido o cuantía de las prestaciones, varía según el tipo de enfermedad o accidente. Para enfermedad común y accidente no laboral, el trabajador recibirá el 60% de la base reguladora desde el 4º día de la baja hasta el 20º inclusive, y el 75% a partir del día 21 en adelante. En caso de enfermedad profesional o accidente de trabajo, se recibirá el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja en el trabajo. Para la menstruación incapacitante secundaria, se recibirá el 60% de la base reguladora del primer día al vigésimo, y el 75% a partir del vigésimo primero. Y para la interrupción del embarazo y la semana trigésima novena de gestación, se recibirá el salario el primer día, el 60% de la base reguladora del segundo al vigésimo, y el 75% a partir del vigésimo primero.
El pago de estas prestaciones varía según el tipo de trabajador. En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, en general, el pago lo efectúa la empresa como pago delegado con la misma periodicidad que los salarios. En los casos de enfermedad común o accidente no laboral, el pago entre el 4º y el 15º día de la baja corre a cargo del empresario, y a partir del 16º la responsabilidad de pago será del INSS o de la mutua. En el caso de los trabajadores por cuenta propia, el pago lo realiza directamente la entidad gestora o mutua competente, y puede ser solicitado mediante la solicitud de pago directo.
Cuánto tiempo tengo para ir a la mutua después de un accidente laboral
En caso de sufrir un accidente laboral, es importante acudir a la mutua lo antes posible para recibir la atención y las prestaciones correspondientes. No existe un plazo específico establecido, pero se recomienda acudir lo más pronto posible para iniciar el proceso de gestión de la incapacidad temporal y recibir el subsidio correspondiente.
Cuánto paga la mutua por kilometraje en 2023
El precio del kilometraje en el año 2023 en España establecido por la Agencia Tributaria es de 0,26 € por kilómetro. Este es el mismo valor que se ha mantenido en los dos últimos años. El kilometraje es una compensación que se le da al trabajador que tiene que viajar por motivos laborales con su propio vehículo. La empresa es libre de establecer el precio del kilometraje, siempre y cuando no supere los 0,26 € por kilómetro para que esté exento de impuestos para el trabajador. Cualquier cantidad adicional al límite establecido deberá ser tributada por el empleado. Tener en cuenta que el precio del kilometraje no está regulado en España, por lo que cada empresa es libre de establecer su propio valor.
En caso de sufrir un accidente laboral en el sector del taxi, la mutua del taxi ofrece prestaciones económicas para cubrir la pérdida de rentas del trabajador. Es importante acudir a la mutua lo antes posible para iniciar el proceso de gestión de la incapacidad temporal. Además, en cuanto al kilometraje, el precio establecido por la Agencia Tributaria en 2023 es de 0,26 € por kilómetro, aunque cada empresa es libre de establecer su propio valor siempre que no supere este límite para que esté exento de impuestos para el trabajador.